Horario de Verano en México 2014
Pues cada quién, cada país, tiene sus propias fechas para iniciar el cambio de horario de verano. Incluso nosotros, en México, tenemos diferente calendarización para los estados fronterizos del norte de nuestro país... ellos empiezan su horario de verano antes que el resto y terminan después... Y claro, el resto del año, es el horario normal.
Aquí va la calendarización para el 2014...
México
Le corresponde el cambio de horario de verano en México 2014 el domingo 6 de Abril y concluye con el cambio de Horario de Invierno el domingo 26 de Octubre del 2014 y en donde regresamos al horario que teníamos antes de hacer estos cambios de horario en México.
Excepciones:
“En los municipios fronterizos de Tijuana y Mexicali en Baja California; Juárez y Ojinaga en Chihuahua; Acuña y Piedras Negras en Coahuila; Anáhuac en Nuevo León; y Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros en Tamaulipas, la aplicación de este horario estacional surtirá efecto desde las dos horas del segundo domingo de marzo (9 de Marzo del 2014) y concluirá a las dos horas del primer domingo de noviembre donde adelantaremos el reloj 1 hora para coincidir con el horario de invierno en Estados Unidos.
El estado de Sonora no participa en los cambios de horario de verano para coincidir con el Horario del estado limítrofe en los Estados Unidos; Arizona.
En el estado de Colima las cuatro islas que pertenecen al Archipiélago Revillagigedo no aplican los cambios de Horario de Verano.
Excepciones:
“En los municipios fronterizos de Tijuana y Mexicali en Baja California; Juárez y Ojinaga en Chihuahua; Acuña y Piedras Negras en Coahuila; Anáhuac en Nuevo León; y Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros en Tamaulipas, la aplicación de este horario estacional surtirá efecto desde las dos horas del segundo domingo de marzo (9 de Marzo del 2014) y concluirá a las dos horas del primer domingo de noviembre donde adelantaremos el reloj 1 hora para coincidir con el horario de invierno en Estados Unidos.
El estado de Sonora no participa en los cambios de horario de verano para coincidir con el Horario del estado limítrofe en los Estados Unidos; Arizona.
En el estado de Colima las cuatro islas que pertenecen al Archipiélago Revillagigedo no aplican los cambios de Horario de Verano.
Aquí va la calendarización para el 2011
En un principio, todo el territorio mexicano adoptó el horario de verano, pero el estado de Sonora dejó de utilizarlo en 1998, debido a lo poco beneficioso que resultó a causa de las temperaturas tan altas registradas en dicha región; y por otra parte para mantenerse a la par del horario del estado de Arizona, EStados Unidos, donde no se utiliza el horario de verano. Esto causa que los estados de Baja California y Sonora empaten sus horarios a UTC-7.
En México, cada año el horario de verano inicia el primer domingo de abril y termina el último domingo de octubre.
Para el año 2011, el horario de verano empezará el domingo 3 de abril, y terminará el domingo 30 de octubre. Sin embargo, de acuerdo al decreto del H. Congreso de la Unión (que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero del 2010 por el Poder Ejecutivo), la regla de aplicación del horario de verano para la franja fronteriza del norte del país se modifica según el siguiente texto:
"En los municipios fronterizos de Tijuana y Mexicali en Baja California; Ciudad Juárez y Ojinaga en Chihuahua; Acuña y Piedras Negras en Coahuila; Anáhuac en Nuevo León; y Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros en Tamaulipas, la aplicación de este horario estacional surtirá efecto desde las dos horas del segundo domingo de marzo, y concluirá a las dos horas del primer domingo de noviembre."
Para estos municipios fronterizos, se aplicará el horario de verano desde el domingo 13 de marzo del 2011, al domingo 6 de noviembre del 2011.
1 comentarios:
Esa fue una estupidez y complicacion del Congreso. Era mas facil que todo el pais lo aplicara igual. El decreto debio ser asi:
Artículo Único.- Con fundamento en las fracciones XVIII y XXX del artículo 73
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se aplica el horario
estacional a partir de las dos horas del segundo domingo de marzo, terminando a
las dos horas del primer domingo de noviembre de cada año, de conformidad con
lo siguiente:
I. Estados de Baja California Sur, Chihuahua, Nayarit y Sinaloa, sujetos al
meridiano 105 grados por ubicación y 90 grados por horario estacional;
II. Estado de Sonora, sujeto al meridiano 105 grados por ubicación y 105
grados por horario estacional;
III. Estado de Baja California, sujeto al meridiano 120 grados por ubicación y
105 grados por horario estacional;
IV. Todas las demás entidades integrantes de la Federación estarán sujetos
al meridiano 90 grados por ubicación y por el meridiano 75 grados por
horario estacional, y
V. Islas, arrecifes y cayos, el correspondiente a su situación geográfica y de
acuerdo a los instrumentos del derecho internacional aceptados donde
no aplica el horario estacional.
O sea todos del segundo domingo de marzo al primer domingo de noviembre, en vez de un calendario la frontera y otro el resto.
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